Cuadros Tarifarios
Tarifas finales (sin impuestos), vigentes a partir del 1 de Febrero de 2025, para usuarios de Gas Natural establecidas por la Resolución ENARGAS N° 061 del 30/01/2025, para el área Litoral.
Tarifas finales (sin impuestos), vigentes a partir del 1 de Enero de 2025, para usuarios de Gas Natural establecidas por la Resolución ENARGAS N° 923 del 27/12/2024, para el área Litoral.
Tarifas finales (sin impuestos), vigentes a partir del 4 de Diciembre de 2024, para usuarios de Gas Natural establecidas por la Resolución ENARGAS N° 827 del 2/12/2024, para el área Litoral.
Tarifas finales (sin impuestos), vigentes a partir del 4 de Noviembre de 2024, para usuarios de Gas Natural establecidas por la Resolución ENARGAS N° 740 del 1/11/2024, para el área Litoral.
Tarifas finales (sin impuestos), vigentes a partir del 2 de septiembre de 2024, para usuarios de Gas Natural establecidas por la Resolución ENARGAS N° 494 del 30/08/2024, para el área Litoral.
Tarifas finales (sin impuestos), vigentes a partir del 2 de agosto de 2024, para usuarios de Gas Natural establecidas por la Resolución ENARGAS N° 418 del 01/08/2024, para el área Litoral.
Tarifas finales (sin impuestos), vigentes a partir del 6 de junio de 2024, establecidas por la Resolución ENARGAS N° 258 del 05/06/2024 , para el área Litoral.
Tarifas finales (sin impuestos), vigentes a partir del 3 de abril de 2024, establecidas por la Resolución ENARGAS N° 118 del 28/03/2024 , para el área Litoral.
Tarifas finales (sin impuestos), vigentes a partir del 1 de mayo de 2023, establecidas por la Resolución ENARGAS N° 193 del 27/04/2023 Anexo II, para el área Litoral.
Tarifas finales (sin impuestos), vigentes a partir del 29 de abril de 2023, establecidas por la Resolución ENARGAS N° 193 del 27/04/2023 Anexo I, para el área Litoral.
Tarifas finales (sin impuestos), vigentes a partir del 1 de marzo de 2023, establecidas por la Resolución ENARGAS N° 101 del 28/02/2023 para el área Litoral.
Tarifas finales (sin impuestos), vigentes a partir del 31 de diciembre de 2022, establecidas por la Resolución Enargas N° 331 del 31/08/2022 para el área Litoral
Tarifas finales (sin impuestos), vigentes a partir del 31 de octubre de 2022, establecidas por la Resolución Enargas N° 331 del 31/08/2022 para el área Litoral
Tarifas finales (sin impuestos), vigentes a partir del 31 de agosto de 2022, establecidas por la Resolución Enargas N° 331 del 31/08/2022 para el área Litoral
Tarifas finales (sin impuestos), vigentes a partir del 1° de junio de 2022, establecidas por la Resolución Enargas N° 209 de fecha 31/05/2022 para el área Litoral
Tarifas complementarias finales (sin impuestos), vigentes a partir del
1° de marzo de 2022,
establecidas por la Resolución Enargas N° 67 de fecha 23/02/2022.
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Conozca los cuadros vigentes a partir del 2 de Junio de 2021 establecidos por la Resolución Nº 152 del Ente Nacional Regulador del Gas de fecha 31/05/2021 para el área Litoral.
Conozca los cuadros vigentes a partir del 1 de Abril de 2019 establecidos por la Resol. ENARGAS Nº 199, 201 y 203 del 30/03/2019, 01/04/2019 y 03/04/2019.
Conozca los cuadros vigentes a partir del 8 de Octubre de 2018 establecidos por la Resol. ENARGAS Nº 285 DEL 05/10/2018 modificada por Resol. ENARGAS Nº 292 del 10/10/2018.
Conozca los cuadros vigentes a partir del 1 de Abril de 2018 establecidos por la Resol. ENARGAS Nº 304 del 27/03/2018.
Cuadros vigentes a partir del 1 de diciembre de 2017 establecidos por la Resol. ENARGAS Nº 125 del 30/11/2017.
Cuadros vigentes a partir del 1 de abril de 2017 establecidos por Resol. ENARGAS I/4361 del 30/03/2017 modificada por Resol. I/4377 del 05/04/2017.
Categorías Tarifarias del Servicio
RESIDENCIAL (R): Servicio con medidor individual separado para usos domésticos no comerciales.
establecido por
DECRETO 2255/92. ANEXO B LICENCIA DE DISTRIBUCION. SUBANEXO II REGLAMENTO DEL SERVICIO. Artículo 2 DEFINICIONES. Inciso (ee).
SERVICIO GENERAL "P" (SG-P): Servicio para usos no domésticos en donde el cliente no tiene una cantidad contractual mínima (no hay un contrato de servicio de gas).
establecido por
DECRETO 2255/92. ANEXO B LICENCIA DE DISTRIBUCION. SUBANEXO II REGLAMENTO DEL SERVICIO. Artículo 2 DEFINICIONES. Inciso (gg).
ENTIDADES DE BIEN PUBLICO (EBP): Entidades registradas como tales ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC), dependiente del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de La Nación, en los términos del Artículo 3° de la Resolución MEyM N° 218-E/2016.
establecido por
Resolución ENARGAS I/4092
Segmentación de Clientes R (Residenciales)
Para la aplicación de los Conceptos Tarifarios, la
Resolución ENARGAS I/409
determinó segmentos de consumos para Clientes Residenciales en función a los rangos de consumo que se describen en el Cuadro.
Esta categorización se realiza considerando los consumos del período corriente (es decir el de la presente factura) más los 5 períodos inmediatos anteriores.
Tenga en cuenta que en cada factura a emitir se volverá a calcular la categoría del mismo modo, lo que implica que este sistema es "móvil".
Categorías | Desde | Hasta |
R1 | 0 | 500 |
R2 1 | 501 | 650 |
R2 2 | 651 | 800 |
R2 3 | 801 | 1000 |
R3 1 | 1001 | 1250 |
R3 2 | 1251 | 1500 |
R3 3 | 1501 | 1800 |
R3 4 | 1801 | > |
Segmentación de Clientes SG-P
Para la aplicación de los Conceptos Tarifarios, la
Resolución ENARGAS I/694
determinó segmentos de consumos para Clientes SG-P en función a los rangos de consumo que se describen en el Cuadro.
Esta categorización se realiza considerando los consumos del período corriente (es decir el de la presente factura) más los 11 meses inmediatos anteriores.
Tenga en cuenta que en cada factura a emitir se volverá a calcular la categoría del mismo modo, lo que implica que este sistema es "móvil".
Categorías | Desde | Hasta |
SGP1 | 0 | 12000 |
SGP2 | 12001 | 108000 |
SGP3-1 | 108001 | 180000 |
SGP3-2 | 180001 | > |
Segmentación de Clientes EBP (Entidades de bien público)
Para la aplicación de los Conceptos Tarifarios, la
Resolución ENARGAS I/4092
determinó segmentos de consumos para Clientes EBP en función a los rangos de consumo que se describen en el Cuadro.
Esta categorización se realiza considerando los consumos del período corriente (es decir el de la presente factura) más los 11 meses inmediatos anteriores.
Tenga en cuenta que en cada factura a emitir se volverá a calcular la categoría del mismo modo, lo que implica que este sistema es "móvil".
Categorías | Desde | Hasta |
EBP1 | 0 | 500 |
EBP2 1 | 501 | 650 |
EBP2 2 | 651 | 800 |
EBP2 3 | 801 | 1000 |
EBP3 1 | 1001 | 1250 |
EBP3 2 | 1251 | 1500 |
EBP3 3 | 1501 | 1800 |
EBP3 4 | 1801 | > |